El pasado 31 de enero de 2014 vencio el perido de pago del impuesto a las personas juridicas conocido como el impuesto a las sociedades.
Para este año, las sociedades activas deberán pagar un monto de ¢199.700 y las inactivas ¢99.850.
Las personas que cancelen el tributo a partir de la fecha de vencimiento, se exponen a un cargo por morosidad de ¢92,50 diarios por cada sociedad activa y de ¢46,20 por las inactivas.
De acuerdo con el BCR, del total de las 545.000 sociedades inscritas en el Registro Nacional que debían pagar ese impuesto, solo 22% de ellas se encuentran al día, apenas unas 124.723 personas jurídicas.
De acuerdo con información sumistrada por la Dirección de Personas Jurídicas del Registro, unas 273.000 sociedades podrían correr el riesgo de ser disueltas por adeudar tres periodos consecutivos del pago al impuesto a personas jurídicas, y sus representantes legales el de asumir la deuda de los periodos pendientes de cancelar.
Desde la entrada en vigencia de la ley N° 9024, en abril del 2012, se estipuló que aquellas sociedades activas e inactivas que dejaran de pagar el impuesto por tres periodos seguidos se exponían a la cancelación del asiento de inscripción de la persona jurídica por parte del Registro Nacional.
A esta sanción se le unió la imposibilidad por parte del Registro de emitir certificaciones de personería jurídica e inscribir algún documento o bien a favor de las sociedades que no se encuentren al día en el pago.
Si no ha hecho el pago respectivo como consejo acerquese al Banco de Costa Rica y cancele oportunamente para evitar contingencias. Si ya lo hizo, hacer caso omiso a este correo.
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Slds