lunes, 3 de septiembre de 2012
Crédito para Vivienda con Bancrédito - Condiciones Expocasa
Les dejamos un poco de la información que nos han enviado:
Recuerde buscar sus opciones para Casa en Venta en Costa Rica y otros Bienes Ráices en Costa Rica en nuestros sitios en internet:
lunes, 14 de marzo de 2011
Crédito para compra de Vivienda con el Banco Popular
El Banco Popular le ofrece la posibilidad de financiar proyectos de vivienda, mediante el plan de “Vivienda 100%”, “Vivienda Colones” y “Vivienda Dólares” permitiéndole gozar de una cómoda cuota respaldada por laestabilidad de la tasa de interés característico de nuestro Banco.
A continuación le detallo condiciones a ofrecer así como adjunto los requisitos:
a) Crédito de Vivienda en colones
Tasa de interés: 13.00% anual, revisable y ajustable cada mes
Plazo máximo: 240 meses (20 años)
Moneda: Colones
Monto máximo: $300.000
Cuota por ¢1,000,000.00: ¢11,715.75 (más pólizas).
Comisión: 2,00% sobre el monto del crédito. Para los clientes que posean PAS con el Banco Popular se les cobrará el 50% ( 1%) de dicha comisión.
Cuando con el producto de este crédito se cancela una hipoteca a otra Entidad Financiera, cuyo plan de inversión en esa institución es de vivienda no se cobrará comisión (cero) comisión.
Garantía: Hipotecaria hasta un 80% del valor total del avalúo. Se aceptarán otros grados hipotecarios de conformidad a lo establecido en el Reglamento General de Crédito y a cargo de un mismo deudor o núcleo familiar. Solo se acepta en garantía la casa de habitación o lote del deudor o núcleo familiar.
b) Crédito de Vivienda en dólares
Tasa de interés: 6,50% anual Revisable y ajustable cada mes, para generadores y no generadores de dólares.
Plazo máximo: 360 meses (30 años)
Moneda: Dólares
Monto máximo: Mínimo : $ 15.000.00
Máximo: $ 300.000.00
Garantía a solicitar: Hipotecaria hasta un 80%. Se acepta en garantía solo en primer grado. Solo se acepta en garantía la casa de habitación o lote del deudor o núcleo familiar.
Cuota por $1,000.00: $ 6.30 (más pólizas)
Comisión: 2,00% sobre el monto del crédito. Para los clientes que posean PAS con el Banco Popular se les cobrará el 50% de dicha comisión. Cuando con el producto de este crédito se cancela una hipoteca a otra Entidad Financiera, cuyo plan de inversión en esa institución es de vivienda no se cobrará comisión (cero) comisión.
Planes de inversión:
ü Compra de casa
ü Construcción en lote propio
ü Compra lote y construcción
ü Ampliación, remodelación y mejoras
ü Compra de lote
ü Cancelación de deudas, cuyo plan original se enmarque dentro de línea de vivienda.
ü Se acepta financiar una segunda vivienda.
c) Crédito de Vivienda al 100% en colones (esta línea es únicamente para primer solución de vivienda)
Tasa de interés: 15.00% anual, revisable y ajustable cada mes
Plazo máximo: 360 meses (30 años)
Moneda: Colones
Monto máximo: $ 100.000.00
Cuota por ¢1.000.000.00: ¢ 12.644.45 (más pólizas).
Comisión: 2,00% sobre el monto del crédito. Para los clientes que posean PAS con el Banco Popular se les cobrará el 50%.
Garantía: Hipotecaria hasta un 80% del valor total del avalúo y pagaré por el 20% restante, se incluye los codeudores como fiadores.
Planes de inversión:
ü Compra de casa
ü Compra lote y construcción (simultáneamente).
Bienes Raíces Chirripó
2771-2525
info@chirripobienesraices.com
jueves, 25 de noviembre de 2010
Fincas | Granjas para Venta: Tierra para ganadería cerca de San isidro y Dominical - San Isidro | Pérez Zeledón, Costa Rica - 3583
lunes, 26 de julio de 2010
Reglamento de la Promoción: "Contrato de Arrendamiento Gratis"
- Deben estar ubicadas en el sector urbano de los distritos San Isidro, General Viejo, Daniel Flores.
- El inmueble debe ser una casa de habitación o apartamentos, califican también las propiedades que tengan más de una casa de habitación.
- El precio del arrendamiento debe ser mayor a ¢100,000 colones mensuales (cien mil colones mensuales).
- Califican todas las casas o apartamentos que se encuentren a menos de 7 kilómetros de distancia del parque central de San Isidro de El General.
- El propietario debe cancelar un monto de ¢5,500 colones (cinco mil quinientos colones) para que la Agencia vaya a tomar las fotos y levantar la información de la propiedad afrecida en alquiler. El monto pagado será para cubrir los gastos administrativos de la empresa y no será reembolsable.
- El Propietario debe llenar un formulario donde indica los datos legales e información relevante para elaborar el contrato de arrendamiento. Si no se llena el formulario no hay contrato gratis.
- El propietario deberá proporcionar información suficiente para validar la información ingresada en el formulario.
- El Propietario se compromete a dar aviso a la Agencia si logra arrendar el inmueble sin la Ayuda de la Agencia.
- Si la Agencia encuentra un prospecto que tome en Arrendamiento el inmueble ofrecido, el Propietario pagará a la Agencia una comisión equivalente a la mitad del primer mes de arrendamiento cancelado por dicho prospecto. Dicha comisión será exigible si el contrato firmado entre el Propietario y el Prospecto es por un período de 6 meses a 1 año.
- El Propietario mantiene completa responsabilidad civil y físico por la propiedad.
- La Agencia se compromete a publicar, por tiempo indefinido, la información completa con fotografías del inmueble ofrecido para arrendamiento en su sitio web: www.chirripobienesraices.com y a publicar una sección para promoción de alquileres en la Revista de Todo.
- La Agencia se compromete a brindar transporte a los prospectos calificados que deseen ver la casa o apartamento.
- Si el prospecto quiere tomar el inmueble en arrendamiento, la Agencia procederá a formalizar el contrato bajo los términos aceptados por el Propietario.
- La Agencia no se hace responsable por los prospectos que tomen un bien arrendado. Tenemos disponible el servicio de Verificación de Información Crediticia, solicitud de Hoja de Delincuencia, Recomendaciones y otros, cuyo costo es de $30 adicionales previos a la toma en posesión. Este monto es aparte de la comisión.
- La Agencia colocará, a petición del propietario, un rótulo con la leyenda "Se Alquila" para promocionar el arrendamiento del inmueble.
lunes, 5 de julio de 2010
Vistas de Chirripó: Valley view Country Estates
miércoles, 30 de junio de 2010
Utilice su derecho a inspeccionar un inmueble dado en alquiler
El arrendatario tiene el deber de permitir al arrendador la inspección de la cosa arrendada, conforme a las siguientes reglas:
a) El arrendador podrá visitar el bien, una vez por mes o cuando las circunstancias lo ameriten, en horas del día o en las horas que el establecimiento se encuentre abierto. Lo inspeccionará en presencia del arrendatario o, en su defecto, ante cualquier otra persona mayor de edad que se encuentre en la casa o local.
b) El arrendador podrá hacerse acompañar por un ingeniero civil o un arquitecto y por otro técnico, al inspeccionar las instalaciones o los accesorios del bien.
Durante la inspección, podrán trazarse planos, tomarse fotografías y anotarse los daños y los deterioros existentes.
c) Cuando el arrendatario no permita inspeccionar el bien, después de ser requerido en dos ocasiones mediante notificación, el arrendador podrá invocar la resolución del contrato." Ley General de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos N°7527.
